Por unanimidad el Congreso del Estado de Guanajuato aprobó reformas a la Constitución para que se pueda actuar en la remoción de la persona titular de la Fiscalía General estatal y la reducción de 9 a 7 años de gestión.

La o el Fiscal del Estado podrá ser removido libremente por el gobernador o gobernadora del estado si incurre en alguna causa grave.

Además se aprobó el que se elimina la facultad del Congreso del Estado de decidir si objeta o no la destitución.

Es decir, antes se establecía que el gobernador debía acreditar la causa grave que motivó la remoción del Fiscal General e informar al Congreso del Estado, quien decidiría si objetaba o no la remoción, en términos del artículo 95 de la Constitución local.
Ahora, se precisa que el gobernador del estado deberá acreditar la causa grave que motivó la destitución de la persona titular de la Fiscalía General e informar al Congreso del Estado.

El diputado del PAN Juan Carlos Romero Hicks, indicó que la propuesta se basa en que la gobernatura pueda remover libremente a la persona que ejerce la titularidad de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato y que la temporalidad del cargo sea de 7 años, lo que implica una revisión y la búsqueda de confianza, así como agregar un mecanismo de contrapesos que se traduce en un ejemplo de colaboración entre Poderes.

Agregó que se requiere una visión integral y que se externe una precisión correcta de la distribución de atribuciones para señalar lo que le toca a la federación y lo que corresponda al estado, junto a que es importante tener una Fiscalía que dé tranquilidad y que el proceso para encontrar a la persona designada cuente con la mejor ética y civilidad para tomar la mejor decisión ante el gran problema de seguridad de Guanajuato.

Mientras que Sergio Contreras del partid Verde, indicó que la iniciativa busca fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas, permitiendo que la persona titular del Poder Ejecutivo tenga la facultad de remover al Fiscal General del Estado en casos justificados.

Agregó que se incluye un mecanismo de contrapeso, para que, en caso de un supuesto de remoción, no se haga de forma unilateral, al permitir que el Congreso del Estado pueda objetar dicha remoción con una simple mayoría, basada en una revisión formal, asegurando así que la decisión no sea arbitraria y que exista un control legislativo sobre las acciones del ejecutivo.

Contreras Guerrero afirmó que, al eliminar los obstáculos para la remoción del fiscal general, se promueve una administración de justicia más transparente y eficiente, de la misma forma, al llevar a cabo la modificación de la figura de remoción, por la de destitución por causas graves.