Diputados de Guanajuato proponen reformar al artículo 95 de la Constitución con lo que se busca disminuir el periodo del Fiscal General del Estado de 9 a 7 años, y además que el Gobernador o Gobernadora en turno podrán removerlo si comete alguna violación grave.

El actual Fiscal Carlos Zamarripa Aguirre, ya suma 15 años en el cargo; sumando su gestión como Procurador de Justicia y luego ratificado como Fiscal.

De acuerdo a la propuesta de reforma al segundo párrafo del artículo 95 señala:

“Se disminuye la temporalidad del cargo de la persona titular de la Fiscalía General del Estado de 9 a 7 años, con el objetivo de evitar el desgaste del ejercicio del poder y los abusos de este, de una sola persona en el cargo más importante de la procuración de justicia en nuestro Estado, además, es una reforma armónica con la temporalidad que maneja la mayoría de las entidades federativas en las Fiscalías Generales de nuestro País”.

La propuesta va avalada por Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del Estado que la integran todas las fuerzas políticas en el estado PAN, Morena, PRI, Verde, MC, PRD y PT.

Hoy en la sesión ordinaria el presidente del Congreso del Estado, Rolando Fortino Alcántar dio cuenta de esta propuesta en la sesión ordinaria de este jueves.

En Aguascalientes, Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Guerrero, Jalisco, San Luis Potosí, Baja California, Sinaloa, Puebla, Tamaulipas, Tlaxcala, Oaxaca y Zacatecas establecen la temporalidad de 7 años,e  inclusive en algunos casos menores, lo cual no atiende de manera directa al cambio de gobierno, sino una renovación necesaria en la cabeza que dirija la institución, sin que esto implique descuidar la procuración de justicia en cada periodo de cambio de gobierno.

La propuesta también de reforma señala que el Fiscal General del Estado podrá ser removido si incumple de manera reiterada con los fines institucionales previstos en la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado.

“Participe, tolere, consienta o apoye violaciones graves a los derechos humanos, o cometa violaciones graves a la Constitución General, a la Constitución Local y a las leyes . La remoción podrá ser objetada por mayoría de los miembros presentes del Congreso del Estado dentro de un plazo de diez días hábiles, en cuyo caso la persona titular de la Fiscalía General del Estado será restituida en el ejercicio de sus funciones. Si la Asamblea no se pronuncia, se entenderá que no existe objeción”. indica.